Page 97 - Revista Enfoque N° 19
P. 97

Código de ética I UASLP



                    PREMISAS DE LA

                    COMUNIDAD UNIVERSITARIA



                    III. Hacia los compañeros de trabajo


                    Valor civil: Reconozco el compromiso de aceptar mi responsabilidad o ser
                    solidario con mis compañeros, además admito el deber de denunciar y no
                    hacerme  cómplice  de  todo  aquel  que  contravenga los  principios éticos  y
                    morales contenidos en este instrumento.


                    Igualdad:  Hago norma invariable de mis actos y decisiones al procurar
                    igualdad de oportunidades para todos los universitarios, sin distingo de
                    género, edad, raza, credo, religión, preferencia política o sexual.


                    Probidad: Declaro que todos los recursos y fondos, documentos, bienes y
                    cualquier otro material confiado a mi manejo o custodia debo tratarlos con
                    absoluta discreción y probidad.


                    Diálogo: Privilegio la comunicación efectiva y la concertación en la
                    resolución de conflictos.



                    TRANSITORIOS



                    PRIMERO. El presente Código de Ética entrará en vigor una vez aprobado
                    por el Honorable Consejo Directivo Universitario.


                    SEGUNDO. Publíquese por los medios que disponga la Universidad.


                    TERCERO. Las entidades académicas de la Universidad, tendrán un término
                    de seis meses para elaborar por programa académico el código de ética que
                    corresponda, cuidando que en ningún caso contravengan lo dispuesto por el
                    presente.


                    CUARTO.  Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente
                    Código de Ética de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
   92   93   94   95   96   97   98   99