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Pensamiento jurídico y criminológico
Revista de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la UASLP
Octubre-diciembre 2022 Publicación Trimestral Número 24
Rumbo al centenario de la Autonomía universitaria
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derechos y acciones que me del actual, en cualquier forma hubiera
correspondan para el aseguramiento otorgado, declarando enfáticamente que
de mis bienes, y para que su última voluntad estaba contenida en el
extrajudicialmente practiquen la instrumento público, otorgado el 15 de
repartición de ellos entre mis julio de 1862.
herederos referidos, y les confiero
Declaro que por presente revoco y
todo aquel poder amplio y cuanto
anulo todas las disposiciones
fuere bastante para cumplirlo y
testamentarias, que antes de ahora en
ejecutarlo y se los concedo de
cualquier forma haya otorgado, aun
mancomún e in solidum,
cuando contuviese cláusulas
arreglándose para el mejor
derogatorias, generales o especiales,
desempeño a las instrucciones
las que quiero que tangan por de
siguientes: que se procure sobre todo
ningún valor en este mi testamento,
el pago de las deudas pasivas con los
pues es mi voluntad que ninguno
productos de mis bienes para que
tenga efecto en juicio o fuera de él,
sanados estos y libres de todo
excepto este testamento, que mando
gravamen se proceda por mis dichos
se tenga por tal, se cumpla en todas
albaceas a su venta, la cual se
sus partes, como mi última voluntad,
verificará lo mejor que se pueda para
o en la forma que más haya lugar en
evitar pleitos y disgustos entre la
derecho.
familia, y para que al mismo tiempo
sean obsequiados los En la parte final, se hacía constar por el
encarecimientos que contiene la escribano público que el otorgante había
cláusula anterior=
En la vigésima cuarta, revocaba y anulaba
cualesquiera otros testamentos que, antes

