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                                             Pensamiento jurídico y criminológico
                                       Revista de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la UASLP
                              Octubre-diciembre 2022       Publicación Trimestral                          Número 24
                                Rumbo al centenario de la Autonomía universitaria
                                                                                                          59

            instituirse procedimientos adecuados en el           percibir una indemnización equitativa por

            marco del sistema jurídico nacional para             cualquier daño que puedan sufrir como
                                                                                              20
            solucionar las reivindicaciones de tierras           resultado de esas actividades.
            formuladas por los pueblos interesados.

                                                                 Precepto que impone a los gobiernos el deber de
            Artículo 15. 1. Los derechos de los pueblos          respetar el derecho de propiedad y de posesión

            interesados a los recursos naturales existentes      de las tierras y territorios que tradicionalmente
            en     sus    tierras   deberán     protegerse       ocupan los pueblos indígenas y que precisan que

            especialmente.  Estos derechos comprenden el         el término "territorio"  cubra la totalidad del
            derecho de esos pueblos a participar en la           hábitat indígena.

            utilización, administración y conservación de

            dichos recursos. 2. En caso de que pertenezca al     Con respecto a los aspectos vinculados con la
            Estado la propiedad de los minerales o de los        biodiversidad, se prevé el derecho de los pueblos

            recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre        indígenas a "sus propias medicinas y prácticas
            otros recursos existentes en las tierras, los        de salud tradicionales", lo que incluye el derecho

            gobiernos deberán  establecer o mantener             a "la protección de plantas, animales y minerales
            procedimientos con miras a consultar a los           de interés vital desde el punto de vista médico"

            pueblos interesados, a fin de determinar si los      (art. 24):  Asimismo, el artículo 29, habla  en

            intereses de esos pueblos serían perjudicados, y     términos más  generales del reconocimiento
            en qué medida, antes de emprender o autorizar        pleno de la propiedad, el control y la protección

            cualquier    programa    de   prospección    o       del patrimonio cultural e intelectual, del medio

            explotación de los recursos existentes en sus        ambiente  y de la capacidad productiva de sus
            tierras. Los pueblos interesados deberán             tierras o territorios y recursos.

            participar siempre que sea posible en los
            beneficios que reporten tales actividades,  y


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            https://www.senado.gob.mx/comisiones/desarrollo_social/docs/marco/
            Convenio_169_PI.pdf  Consultado: 12 de agosto de 2022.
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