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Pensamiento jurídico y criminológico
Revista de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la UASLP
octubre-diciembre 2022 Publicación Trimestral Número 24
Rumbo al centenario de la Autonomía universitaria
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III. La autoridad o autoridades responsables. VII. Si el amparo se promueve con
fundamento en la fracción II del artículo 1o
En caso de que se impugnen normas de esta Ley, deberá precisarse la facultad
generales, el quejoso deberá señalar a los reservada a los estados u otorgada al Distrito
titulares de los órganos de Estado a los que Federal que haya sido invadida por la
la ley encomiende su promulgación. En el autoridad federal; si el amparo se promueve
caso de las autoridades que hubieren con apoyo en la fracción III de dicho
intervenido en el refrendo del decreto artículo, se señalará el precepto de la
promulgatorio de la ley o en su publicación, Constitución General de la República que
el quejoso deberá señalarlas con el carácter contenga la facultad de la autoridad federal
de autoridades responsables, únicamente que haya sido vulnerada o restringida; y
cuando impugne sus actos por vicios VIII. Los conceptos de violación.
propios;
Cabe aclarar que es factible además en la Artículo 109. Cuando se promueva el
demanda especificar individualmente el acto o amparo en los términos del artículo 15 de
actos cometidos por cada autoridad. esta Ley, bastará para que se dé trámite a la
IV. La norma general, acto u omisión que de demanda, que se exprese:
cada autoridad se reclame; 1. El acto reclamado;
V. Bajo protesta de decir verdad, los hechos 2. La autoridad que lo hubiere ordenado, si
o abstenciones que constituyan los fuere posible;
antecedentes del acto reclamado o que sirvan 3. La autoridad que ejecute o trate de
de fundamento a los conceptos de violación; ejecutar el acto; y
VI. Los preceptos que, conforme al artículo 4. En su caso, el lugar en que se encuentre
1o de esta Ley, contengan los derechos el quejoso.
humanos y las garantías cuya violación se
En estos supuestos, la demanda podrá
reclame;
formularse por escrito, por comparecencia o
por medios electrónicos, en este último caso

